El próximo 1 de agosto entra en vigencia la ley Karin, por lo que la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) publicó la circular N°3813 que imparte instrucciones a las empresas para la elaboración del protocolo para la prevención del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo.
¿Por qué la circular N°3813 de la SUSESO es relevante? ¿Qué obligaciones tienen las empresas? ¿Cuáles son los contenidos mínimos del protocolo de prevención del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo señalados en la ley Karin?
Esta y otras preguntas las contestamos en una nueva edición de nuestro Enfoque Laboral.